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Propiedad privada
Para establecer lo que se incluye en la categoría de exhibicionismo público en la legislación contra el nudismo, el estado de Florida elaboró una definición legal de las nalgas:
Extracto: La zona posterior del cuerpo humano situada entre dos líneas imaginarias que van paralelas al suelo cuando una persona está de pie, la primera línea, o más elevada, situada en la parte más alta de la división de los glúteos (a saber, la prominencia formada por los músculos que se extienden desde la parte posterior de la cadera a la parte posterior de la pierna), y la segunda, o parte inferior, en el punto visible más bajo de esta división o en el punto más bajo de la curvatura de protuberancia carnosa, en cualquiera de ellos situado en posición más baja, y entre dos líneas imaginarias a cada lado del cuerpo, que corren perpendiculares al suelo y a las líneas horizontales descritas más arriba, trazándose dichas líneas perpendiculares a partir del punto en el cual cada glúteo se junta con la parte externa de cada pierna.


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